COMAPA

ARTÍCULO 37
1.-En cada sujeto obligado se conformará un comité  de Transparencia Colegiado e integrado por un número impar.
I.-
ARTÍCULO 68
1.- Los Sujetos Obligados comunicarán al Organismo garante la relación de la información, a que se refiere el artículo anterior, que le es aplicable, de conformidad con sus atribuciones, a efectos de que este último la verifique y apruebe.
ARTÍCULO 81
1. Para determinar la información adicional que publicarán los sujetos obligados, el Organismo garante solicitará a los sujetos obligados que, atendiendo a los lineamientos emitidos por el Sistema Nacional, remitan el listado de información que consideren de interés público, a efecto de determinar el catálogo de información que los citados sujetos obligados deberán publicar como obligaciones de transparencia, en razón de las atribuciones que ejerce.
2. Adicionalmente a la información contenida en los Capítulos I, II y III del presente Título, los entes públicos deberán informar, difundir y actualizar de oficio en su página de Internet la siguiente información.
” download=”Descargar” ]

 

Todos los derechos reservados © 2016 / Gobierno del Estado de Tamaulipas 2016 - 2022